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Excmo. Ayuntamiento de Loja

DECRETO ( Modificado por Decretos de Alcaldía de 09-06-2020 y Decreto Alcaldía de 26-10-2022 )

           Constituida el día 15 de junio de 2019 la nueva Corporación Municipal resultante de las elecciones locales de 26 de mayo de 2019, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Ley 7/85 de 2 de abril, de Bases de Régimen local  y en los artículos  43. 3º, 4º y 5º,  44,  114 a 118 y 120 a 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado mediante Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,  (R.O.F.), DISPONGO:

 PRIMERO:  Delegación Genérica de Binestar Social e Igualdad.De conformidad con lo previsto en los artículos 43.3º y 121.2º del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo delegar (con la sola excepción de las atribuciones indelegables conforme a Ley) las siguientes atribuciones de la Alcaldía, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en doña Matilde Ortiz Arca, que ostentará el cargo de Teniente de Alcalde Delegada de Bienestar Social e Igualdad:

 1. La dirección y gestión del Área de Bienestar Social (Servicios Sociales).

2. La dirección y gestión del Área de Igualdad (Centro Municipal de Información a la Mujer).

3. Además, se delegan las siguientes facultades:

- Ordenar y dar el visto bueno a la expedición de certificados emitidos sobre los asuntos incluidos en el ámbito de la delegación.

- La tramitación y adjudicación de contratos menores en el ámbito de las áreas objeto de delegación.

- La concesión de subvenciones y ayudas en el ámbito de las áreas objeto de delegación.

- La resolución de recursos administrativos interpuestos contra los actos administrativos dictados por el órgano delegado.

 SEGUNDO: Delegación genérica en Urbanismo, Vivienda y Casco Histórico. De conformidad con lo previsto en los artículos 43.3º y 121.2º del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo delegar (con la sola excepción de las atribuciones indelegables conforme a Ley) las siguientes atribuciones de la Alcaldía, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en don Joaquín Ordóñez Gámez, que ostentará el cargo de Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Vivienda y Casco Histórico:

1. La dirección y gestión del Área de Urbanismo (salvo las atribuciones incluidas en la Delegación de Desarrollo Industrial).

2. La gestión de obras municipales (salvo las de mantenimiento y las del PFEA).

3. La gestión de los planes provinciales de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal.

4. La dirección y gestión del servicio y políticas en materia de vivienda.

5. La dirección y gestión de las políticas de desarrollo y recuperación social, económica y cultural del casco histórico.

6. Igualmente, se incluye las siguientes facultades:

- Ordenar y dar el visto bueno a la expedición de certificados emitidos sobre los asuntos incluidos en el ámbito de la delegación.

- La tramitación y adjudicación de contratos menores en el ámbito de las áreas y materias objeto de delegación.

- La concesión de subvenciones y ayudas en el ámbito de las áreas y materias objeto de delegación.

- La resolución de recursos administrativos interpuestos contra los actos administrativos dictados por el órgano delegado.

 TERCERO: Delegación genérica en Recursos Humanos, Comunicación y Desarrollo Industrial. De conformidad con lo previsto en los artículos 43.3º y 121.2º del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo delegar (con la sola excepción de las atribuciones indelegables conforme a Ley) las siguientes atribuciones de la Alcaldía, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en don José Luis Sánchez Serrano, que ostentará el cargo de Teniente de Alcalde Delegado de Recursos Humanos y Desarrollo Industrial:

1. La dirección y gestión del Área de Recursos Humanos.

2. La gestión de los medios de comunicación de titularidad municipal, así como, la comunicación y publicidad institucional.

3. La dirección y gestión de las políticas de fomento y desarrollo de polígonos industriales (planificación y gestión urbanística, patrimonio municipal de suelo, promoción y apoyo a la implantación de empresas).

4. Igualmente, se incluye las siguientes facultades:

- Ordenar y dar el visto bueno a la expedición de certificados emitidos sobre los asuntos incluidos en el ámbito de la delegación.

- La tramitación y adjudicación de contratos menores en el ámbito de las áreas y materias objeto de delegación.

- La concesión de subvenciones y ayudas en el ámbito de las áreas y materias objeto de delegación.

- La resolución de recursos administrativos interpuestos contra los actos administrativos dictados por el órgano delegado.

 CUARTO: Delegación genérica en Gobernación y Seguridad Ciudadana. De conformidad con lo previsto en los artículos 43.3º y 121.2º del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo delegar (con la sola excepción de las atribuciones indelegables conforme a Ley) las siguientes atribuciones de la Alcaldía, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en doña Inmaculada Ruiz Cobos, que ostentará el cargo de Teniente de Alcalde Delegada de Gobernación y Seguridad Ciudadana:

1. La dirección y gestión del Área de Gobernación (Policía Local, Bomberos, Protección Civil, Emergencias, Movilidad, Transporte público, aparcamientos, etc.). Políticas en seguridad pública.

2. La gestión del Área de Secretaria General, sin perjuicio de las funciones que corresponden al funcionario que desempeñe el puesto de secretaria.

3. La dirección y gestión de los servicios contratación administrativa (a excepción de los contratos menores), salvo la formalización de los contratos que corresponderá al Alcalde.

4. La gestión patrimonial (adquisiciones, enajenaciones, cesiones y arrendamientos, etc.) y del dominio público (concesiones, autorizaciones, etc.) así como la protección y defensa del patrimonio y el inventario municipal de bienes y derechos, salvo la formalización de los contratos, concesiones, etc. que corresponderá al Alcalde.

5. Igualmente, se incluye las siguientes facultades:

- Ordenar y dar el visto bueno a la expedición de certificados emitidos sobre los asuntos propios del ámbito de la delegación.

- La remisión y suscripción de anuncios a los Boletines Oficiales.

- La tramitación y adjudicación de contratos menores en el ámbito de las áreas y materias objeto de delegación.

- La concesión de subvenciones y ayudas en el ámbito de las áreas y materias objeto de delegación.

- La resolución de recursos administrativos interpuestos contra los actos administrativos dictados por el órgano delegado.

 QUINTO: Delegación genérica en Economía, Hacienda y Administración Electrónica. De conformidad con lo previsto en los artículos 43.3º y 121.2º del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo delegar (con la sola excepción de las atribuciones indelegables conforme a Ley) las siguientes atribuciones de la Alcaldía, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en don José Barea de la Osa, que ostentará el cargo de Teniente de Alcalde Delegado de Economía y Hacienda y Administración Electrónica:

1. La dirección y gestión del Área de Economía y Hacienda (Intervención, Tesorería y Oficina de Información Catastral), sin perjuicio de las funciones que corresponden a los funcionarios que desempeñen los puestos de intervención y tesorería.

2. La dirección y gestión de las políticas de modernización administrativa y nuevas tecnologías. La Administración electrónica.

3. La dirección y gestión del Centro de Proceso de Datos.

4. Igualmente, se incluye las siguientes facultades:

- Ordenar y dar el visto bueno a la expedición de certificados emitidos sobre los asuntos incluidos en el ámbito de la delegación.

- La tramitación y adjudicación de contratos menores en el ámbito de las áreas y materias objeto de delegación.

- La concesión de subvenciones y ayudas en el ámbito de las áreas y materias objeto de delegación.

- La resolución de recursos administrativos interpuestos contra los actos administrativos dictados por el órgano delegado.

 SEXTO: Delegación genérica en Educación y Cultura. De conformidad con lo previsto en los artículos 43.3º y 121.2º del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo delegar (con la sola excepción de las atribuciones indelegables conforme a Ley) las siguientes atribuciones de la Alcaldía, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en don José Antonio Gómez Trassierra, que ostentará el cargo de Teniente de Alcalde Delegado de Educación y Cultura:

1. La dirección y gestión del Área de Cultura.

2. La dirección y gestión de las políticas en materia de educación.

3. La gestión del mantenimiento de centros educativos.

4. Igualmente, se incluye las siguientes facultades:

- Ordenar y dar el visto bueno a la expedición de certificados emitidos sobre los asuntos incluidos en el ámbito de la delegación.

- La tramitación y adjudicación de contratos menores en el ámbito de las áreas y materias objeto de delegación.

- La concesión de subvenciones y ayudas en el ámbito de las áreas y materias objeto de delegación.

- La resolución de recursos administrativos interpuestos contra los actos administrativos dictados por el órgano delegado.

 SEPTIMO: Delegación genérica en Medio Ambiente, Agricultura, Ganadería y Pesca. De conformidad con lo previsto en los artículos 43.3º y 121.2º del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo delegar (con la sola excepción de las atribuciones indelegables conforme a Ley) las siguientes atribuciones de la Alcaldía, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en doña María Teresa Delgado Vivas, que ostentará el cargo de Teniente de Alcalde Delegada de Medio Ambiente, Agricultura, Ganadería y Pesca:

1. La dirección y gestión del Área de Medio Ambiente, incluidos los servicios y políticas en materia de agricultura y ganadería, parques y jardinería.

2. La dirección y gestión de los servicios y políticas en materia pesca (Coto Intensivo de Pesca de Riofrío) y actividades en el Pantano de Iznajar.

3. Igualmente, se incluye las siguientes facultades:

- Ordenar y dar el visto bueno a la expedición de certificados emitidos sobre los asuntos incluidos en el ámbito de la delegación.

- La tramitación y adjudicación de contratos menores en el ámbito de las áreas y materias objeto de delegación.

- La concesión de subvenciones y ayudas en el ámbito de las áreas y materias objeto de delegación.

- La resolución de recursos administrativos interpuestos contra los actos administrativos dictados por el órgano delegado.

 OCTAVO: Delegación Especial en Fiestas. De conformidad con lo previsto en el artículo 43.4º del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo delegar (delegación especial) las siguientes atribuciones de la Alcaldía en doña Rocío Ortiz Guardeño, que ostentará el cargo de Concejal Delegada de Fiestas:

- La dirección interna y gestión de los servicios de fiestas, incluida la gestión de las ferias de Loja (la de junio y la de agosto), actividades con ocasión de la Navidad y otros eventos.

 NOVENO: Delegación especial en Desarrollo, Comercio, Industria y Turismo. De conformidad con lo previsto en el artículo 43.4º del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo delegar (delegación especial) las siguientes atribuciones de la Alcaldía en doña Paloma Gallego Velázquez, que ostentará el cargo de Concejal Delegada de Desarrollo, Comercio, Industria y Turismo:

1. La dirección interna y gestión de la Agencia Municipal de Desarrollo, incluidas las políticas y actuaciones de desarrollo, empleo, comercio, industria y consumo, así como, la gestión del Coworking, el Centro de Iniciativas Empresariales y la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC).

2. La dirección interna y gestión del mercado municipal de abastos.

3. La dirección interna y gestión del Área de Turismo.

DÉCIMO: Delegación especial en Mantenimiento y Servicios. De conformidad con lo previsto en el artículo 43.4º del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo delegar (delegación especial) las siguientes atribuciones de la Alcaldía en don José Antonio Gallego Morales, que ostentará el cargo de Concejal Delegado de Mantenimiento y Servicios:

La dirección interna y gestión de los servicios de mantenimiento, de servicios municipales (residuos, limpieza viaria y de edificios, cementerios, alumbrado público, caminos rurales, etc.), así como, la gestión interna de la ejecución de las obras de los planes de fomento del empleo agrario, tanto ordinarios como especiales

DECIMOPRIMERO: Delegación especial en Medio Rural. De conformidad con lo previsto en el artículo 43.4º del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo delegar (delegación especial) las siguientes atribuciones de la Alcaldía en don José Antonio Arco Muela, que ostentará el cargo de Concejal Delegado del Medio Rural:

La dirección interna y gestión de los servicios y políticas en materia de medio rural.

DECIMOSEGUNDO: Delegación especial en Participación Ciudadana. De conformidad con lo previsto en el artículo 43.4º del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo delegar (delegación especial) las siguientes atribuciones de la Alcaldía en doña María Encarnación Murillo Ramírez, que ostentará el cargo de Concejal Delegada de Participación Ciudadana:

La dirección interna y gestión de los servicios y políticas en materia de participación ciudadana, incluidas las relaciones con las asociaciones vecinales, colaboración en la organización de fiestas vecinales en el casco urbano, etc.

La dirección interna y gestión de la Oficina Ciudadana.

DECIMOTERCERO: Delegación especial en Deportes y Salud. De conformidad con lo previsto en el artículo 43.4º del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo delegar (delegación especial) las siguientes atribuciones de la Alcaldía en don Antonio Rafael Campaña Guardia, que ostentará el cargo de Concejal Delegado de Deportes y Salud:

1. La dirección interna y gestión del Área de Deportes.

2. La dirección interna y gestión de servicios y políticas en materia de salud, incluido el Plan Local de Acción en Salud.

DECIMOCUARTO: Delegación especial en Juventud. De conformidad con lo previsto en el artículo 43.4º del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo delegar (delegación especial) las siguientes atribuciones de la Alcaldía en doña Monserrat Valenzuela Corpas, que ostentará el cargo de Concejal Delegada de Juventud:

La dirección interna y gestión de los servicios y políticas en materia de juventud.

DECIMOQUINTO: Esta resolución surtirá efectos desde el día siguiente a la fecha del Decreto, sin perjuicio de su preceptiva notificación a los interesados y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Debiendo darse cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

DECIMOSEXTO: Las delegaciones serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación de esta Alcaldía. En caso de ausencia, abstención o recusación, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los Concejales-Delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.

Lo que se publica para general conocimiento.

Loja. 21 de junio de 2019.-

El Alcalde,

fdo.: Fco. Joaquín Camacho Borrego

Decreto Modificación Delegaciones 09-06-2020

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